- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 271 Ter
Artículo 271 Ter del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección de Atención al Público se encarga de ayudarte con cualquier trámite o queja que tengas sobre el agua o el drenaje, desde que lo inicias hasta que lo resuelven. También trabaja con la Tesorería de la Ciudad para atenderte en las oficinas de atención ciudadana, y para gestionar cosas como certificados de pagos, estados de cuenta o devoluciones si te cobraron de más. Además, lleva un registro de todos los usuarios del servicio de agua y drena colaborar para que el gobierno cobre lo que le deben, incluso si tiene que embargar bienes para recuperar el dinero. Por último, revisa y autoriza si un negocio o industria quiere vender agua, y firma contratos o los cancela si es necesario.
Texto oficial
Artículo 271 Ter.- Corresponde a la Dirección de Atención al Público: Brindar atención a las promociones y solicitudes de trámites presentadas por los usuarios del servicio de suministro de agua y de la red de drenaje, hasta su resolución; Brindar, en coordinación con la Tesorería de la Ciudad de México, la atención a usuarios en las Áreas de Atención Ciudadana de la Secretaría; Tramitar y dar seguimiento, en coordinación con la Tesorería de la Ciudad de México, a las solicitudes presentadas por los contribuyentes relativas a certificaciones de pagos, constancias de adeudos, devoluciones y compensaciones de pagos indebidos de acuerdo a las normas jurídicas aplicables; Elaborar, administrar y mantener actualizado, junto con la Tesorería de la Ciudad de México, el padrón de usuarios activos del servicio de suministro de agua y descarga a la red de drenaje; Revisar, tramitar y dar seguimiento en coordinación con la Tesorería de la Ciudad de México, a las devoluciones, compensaciones y transferencias, derivadas de resoluciones de los tribunales o de alguna autoridad jurisdiccional; Vigilar, en coordinación con la Tesorería de la Ciudad de México, el correcto cumplimiento de las políticas que garanticen el entero oportuno de la recaudación por derechos por suministro de agua, servicios de construcción y operación hidráulica, descarga en la red de drenaje y sus accesorios; Coadyuvar en la determinación, administración y control de cobro de los créditos fiscales por concepto de derechos por suministro de agua y derechos de descarga a la red de drenaje; Coadyuvar en el procedimiento para hacer efectivas las garantías del interés fiscal en estricto apego a lo establecido en las disposiciones aplicables, así como colaborar en las acciones para la recaudación y recuperación del crédito fiscal; Coadyuvar en el procedimiento administrativo de ejecución para hacer efectivos los créditos fiscales a cargo de los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados, así como enajenar, dentro o fuera de remate los bienes embargados y expedir el documento que ampare la enajenación de los mismos; Analizar y autorizar las solicitudes para la comercialización de agua por particulares, derivada de tomas de uso comercial o industrial; Atender los requerimientos de información de las autoridades fiscales y administrativas de los órganos internos de control y supervisores o auditores externos, así como de cualquier otra autoridad que conforme a la normativa corresponda; presentar los informes que, en el ámbito de las atribuciones de la Secretaría, les sean solicitados; Coadyuvar en el ejercicio de las facultades que le corresponden la Secretaría como autoridad fiscal, conforme a lo dispuesto por el Código Fiscal de la Ciudad de México; Suscribir los contratos, convenios y demás actos jurídicos y administrativos dentro del ámbito de su competencia, así como substancia y resolver los procedimientos para revocarlos, suspenderlos y/o terminarlos con apego a la normatividad aplicable, previa revisión y opinión de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos; Remitir a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos los documentos para interponer las acciones jurídicas necesarias, para la defensa de los intereses de la Secretaría, en el ámbito de su competencia; Expedir y certificar copias de los documentos que obren en sus archivos; y Las demás que le confieran las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables, así como las que correspondan a las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que le estén adscritas. Artículo adicionado G.O. CDMX 30/12/2024
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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