- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 279 Ter
Artículo 279 Ter del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo solo dice que ya no existe. "Derogar" significa que la ley que estaba escrita ya no tiene validez ni se aplica. Entonces, el Artículo 279 Ter fue eliminado oficialmente desde el 17 de septiembre de 2025, según la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Si antes ese artículo regulaba algo, hoy ya no debes preocuparte por lo que decía.
Texto oficial
Artículo 279 Ter.- Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 17/09/25
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.