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- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 280
Artículo 280 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido. La palabra "deroga" significa que se eliminó o canceló por completo de la ley. Por lo tanto, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque no tiene ningún efecto legal actualmente.
Texto oficial
Artículo 280.- Se deroga.
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.