- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 290
Artículo 290 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el C5, que es el centro que monitorea las cámaras de seguridad y atiende llamadas de emergencia en la Ciudad de México, tiene varias áreas internas para funcionar. Estas áreas son: una coordinación general que lo dirige, una oficina de asuntos legales, un departamento que se encarga de la operación diaria, otro que maneja la tecnología y uno más que planea estrategias. En pocas palabras, aquí se enlistan los equipos de trabajo que ayudan al C5 a hacer su labor.
Texto oficial
Artículo 290.- Para el despacho de los asuntos que competen al Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México (C5) tiene adscritas: Coordinación General del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México; Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos; Dirección General de Administración Operativa; Dirección General de Administración de Tecnologías; y Dirección General de Gestión Estratégica.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.