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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
291

Artículo 291 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Coordinación General del C5 (el centro que coordina emergencias y seguridad en la CDMX) tiene que hacerse cargo de manejar y operar todo el sistema, incluyendo los bienes y recursos que le asignen. También debe diseñar estrategias para que el C5 funcione bien, crear y revisar programas, y hacer los informes y dictámenes que pidan las autoridades. Puede contratar o despedir al personal que trabaja en sus unidades y firmar contratos, convenios o acuerdos con otras dependencias del gobierno o empresas privadas. Además, se encarga de administrar los servicios de emergencia 911 y denuncia anónima 089, coordinar con policías, fiscales y servicios de emergencia, y usar la información de videovigilancia y llamadas para tomar decisiones en temas como seguridad, protección civil, salud y desastres.

Texto oficial

Artículo 291.- Corresponde a la Coordinación General del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México (C5): Administrar y operar el C5, así como el patrimonio que le sea asignado para el cumplimiento de su objeto; Establecer acciones y estrategias para la operación del C5; Llevar a cabo la formulación, ejecución y evaluación de programas; Formular los dictámenes e informes determinados por las autoridades competentes; Nombrar y remover libremente al capital humano adscrito a las Unidades Administrativas y a las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo del C5; Acordar con los Titulares de las Unidades Administrativas que se les adscriban, los asuntos que sean de sus respectivas competencias; Suscribir documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, así como suscribir dictámenes, justificaciones, contratos, convenios, incluyendo su rescisión y terminación anticipada de estos últimos, y demás actos jurídicos y/o administrativos o de cualquier otra índole que se celebren de conformidad con las leyes locales y federales en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, así como aquellos que le sean señalados por delegación; Dirigir la administración y operación de los Servicios de Atención de Llamadas a Emergencia 9-1-1 y Denuncia Anónima 089; Establecer y aplicar mecanismos de coordinación con dependencias de seguridad ciudadana, procuración de justicia y servicios de emergencia, en materia de Atención de Llamadas a Emergencia 9-1-1 y Denuncia Anónima 089, para la homologación de los servicios; Representar legalmente al C5 ante cualquier autoridad, ya sea judicial o administrativa; Suscribir los acuerdos, convenios y mecanismos de colaboración y coordinación con las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como con las instancias del ámbito Federal, Estatal o Municipal e instituciones y/u organismos privados que resulten necesarios para el cumplimiento de las atribuciones del C5; Difundir a la población, información captada a través del Centro Integral de Video Monitoreo, para fines de comunicación social, programas de prevención del delito, difusión de resultados, entre otros, relacionados con las materias señaladas en el objeto del C5, así como para el ejercicio de sus atribuciones; Integrar un sistema de información para la toma de decisiones en las materias de protección civil, procuración de justicia, seguridad ciudadana, urgencias médicas, movilidad, medio ambiente, servicios a la comunidad, emergencias y desastres, mediante el servicio de atención de llamadas a emergencias 9-1-1 y la captación de información a través del Centro Integral de Video Monitoreo, herramientas tecnológicas, bases de datos o cualquier servicio, sistema o equipo de telecomunicación y de geolocalización, así como de la vinculación con los órganos de Gobierno Local, Federal, Estatal o Municipal e instituciones y/u organismos privados; Certificar y expedir copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos y de aquellos que expidan en el ejercicio de sus atribuciones, las personas servidoras públicas de las Unidades Administrativas y/o Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo que les estén subordinadas; y Las demás que le sean asignadas por la persona Titular de la Jefatura de Gobierno y las que le correspondan de conformidad con las disposiciones jurídicas y/o administrativas aplicables.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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