- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 297 Bis
Artículo 297 Bis del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México es una oficina que depende de la Secretaría de Gobierno de la ciudad. Su trabajo es coordinar a todas las autoridades que participan en la búsqueda de personas desaparecidas, desde que se reporta su ausencia hasta que se localizan o identifican. También se encarga de dar seguimiento a esas acciones y de evaluar que todo se haga de manera correcta. En pocas palabras, ayuda a que las diferentes dependencias trabajen juntas para encontrar a las personas.
Texto oficial
Artículo 297 Bis. - La Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México es el Órgano Desconcentrado de la Administración Pública de la Ciudad de México adscrito a la Secretaría de Gobierno que tiene por objeto impulsar los esfuerzos de vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento de las acciones entre autoridades que participan en la búsqueda, localización e identificación de personas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.