- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 30 bis
Artículo 30 bis del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Subsecretaría de Administración de Recursos y Modernización Administrativa tiene varias tareas importantes. Primero, puede proponerle al jefe de la Secretaría de Administración y Finanzas cómo manejar los recursos materiales (como muebles, equipos de cómputo y papelería), los servicios, los bienes informáticos, los edificios del gobierno y los archivos de la Ciudad de México. También ayuda a revisar que se sigan las reglas correctas y sugiere cambios en las leyes relacionadas con estos temas. Además, esta subsecretaría, con el permiso de su jefe, crea las normas para que todas las dependencias del gobierno (como alcaldías y entidades) hagan su plan anual de compras y rentas, y para que entreguen reportes mensuales y trimestrales sobre eso. También se encarga de platicar con los jefes de las distintas áreas del gobierno para entender qué necesitan en cuanto a servicios y materiales, y los ayuda con la organización interna. Otra de sus funciones es participar en los procesos de compras grandes del gobierno, como licitaciones (donde varias empresas compiten para vender algo) o contratos directos, siguiendo las reglas establecidas. También coordina la compra de teléfonos y equipos de radio para que el gobierno pueda comunicarse bien. Por último, esta subsecretaría puede pedir información a todas las áreas del gobierno para mejorar el trabajo, propone reglas sobre contratos para evitar abusos, y se asegura de que todas las dependencias sigan las normas de organización y tengan sus manuales y estructuras actualizados, siempre con el visto bueno de su jefe.
Texto oficial
Artículo 30 bis.- Corresponde a la Subsecretaría de Administración de Recursos y Modernización Administrativa: Proponer a la persona titular de la Secretaría de Administración y Finanzas las políticas para regular la administración de recursos materiales, de servicios generales, de bienes y servicios informáticos, del patrimonio inmobiliario, de los bienes muebles y del archivo documental de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como auxiliar en el seguimiento a los sistemas, normas, procesos y procedimientos; y propuestas de actualización normativa, en estas materias; Emitir, previa aprobación de la persona titular de la Secretaría de Administración y Finanzas, las normas y lineamientos que deberán observar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades de la Administración Pública, para la elaboración del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios, Informes mensuales y trimestrales del Sistema del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicio; Conducir las relaciones con las personas titulares de las Unidades Administrativas, y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo de las Dependencias, Entidades, Órganos Político-Administrativos y Órganos Desconcentrados para atender sus necesidades de servicios y recursos materiales para su adecuado funcionamiento, así como en la instrumentación de acciones relativas al desarrollo organizacional de la Administración Pública de la Ciudad de México; Coadyuvar en los procesos de las licitaciones públicas, invitaciones restringidas o adjudicaciones directas de las adquisiciones consolidadas de la Administración Pública de la Ciudad de México, conforme a las disposiciones jurídico-administrativas; Coordinar, previa aprobación de la persona titular de la Secretaría de Administración y Finanzas, la adquisición de bienes y servicios, relacionados con telefonía y equipos para la transmisión de voz por radio necesarios para el desarrollo de las actividades de la Administración Pública de la Ciudad de México; Requerir a las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Político-Administrativos, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública la información y la cooperación técnica, en materias de su competencia para el desarrollo de sus funciones con fines estadísticos y de mejora; Proponer al superior las políticas aplicables a la dictaminación de la procedencia de los contratos con remuneración equivalente a la de servidores públicos de estructura para evitar afectaciones al contenido y alcances del dictamen de estructura orgánica correspondiente; Coordinar las políticas aplicables al desarrollo organizacional y al funcionamiento de la Administración Pública de la Ciudad de México, sus estructuras orgánicas, manuales administrativos y demás instrumentos de actuación, que apruebe la persona titular de la Secretaría de Administración y Finanzas; Vigilar que las Dependencias, Unidades Administrativas y los Órganos Desconcentrados de la Administración Pública, así como de las Alcaldías cumplan con las normas, políticas y procedimientos, así como la información para documentar el desarrollo de las actividades del programa anual de necesidades inmobiliarias y arrendamiento de bienes inmuebles, así como reportar al superior sobre cualquier hallazgo relacionado con las labores de vigilancia; Vigilar la administración, el registro, control y actualización del patrimonio inmobiliario de la Ciudad de México, y reportar al superior cualquier hallazgo relacionado con las labores de vigilancia; Observar que los programas y acciones sociales guarden congruencia con los principios, contenidos, objetivos, metas e indicadores que establezcan los ejes rectores de planeación; Coordinar el monitoreo financiero a los programas y a las acciones sociales a cargo de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades y Órganos de Gobierno de la Administración Pública, así como elaborar un informe a la persona titular de la Secretaría de Administración y Finanzas respecto a dicho monitoreo; Asesorar a las Unidades Responsables de Gasto cuando lo soliciten, respecto de las normas que emite la Subsecretaría; Las demás que le fijen expresamente las leyes y reglamentos, así como las que le sean conferidas por sus superiores jerárquicos en el ámbito de su competencia. Artículo adicionado G.O. CDMX 30/12/24 SECCIÓN II BIS DE LA SECRETARÍA DE ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Sección adicionada G.O.CDMX 15/01/25
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