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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
30 Ter

Artículo 30 Ter del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica las tareas de la Subsecretaría de Atención, Gestión y Participación Ciudadana. Su trabajo principal es organizar programas para que tú y los demás ciudadanos puedan participar en resolver problemas de tu colonia o comunidad. También se encarga de que el gobierno te atienda de manera más rápida y sencilla, por ejemplo, yendo directamente a tu casa a escuchar tus quejas o necesidades. Además, promueve que vecinos y autoridades trabajen juntos para mejorar tu entorno, y se asegura de mantenerte informado sobre los proyectos que benefician a tu ciudad.

Texto oficial

Artículo 30 Ter.- Corresponde a la Subsecretaría de Atención, Gestión y Participación Ciudadana: Coordinar la planeación, diseño, promoción, ejecución, seguimiento y control de programas y acciones de gobierno que fomenten el involucramiento ciudadano en asuntos públicos, para la solución de problemas comunes, a través de la gestión territorial basada en una cultura de corresponsabilidad; Establecer mecanismos de coordinación que garanticen una atención ciudadana eficiente que responda a las necesidades e intereses de la población a través de la descentralización del gobierno; Promover la atención directa de las demandas de los servicios públicos mediante la estrategia Gobierno Casa por Casa estableciendo vínculos entre la ciudadanía y el gobierno de la ciudad; Aplicar estrategias y mecanismos de organización y participación, relacionados con la planeación participativa y la construcción de Agendas Locales de Desarrollo que fortalezcan la transformación de los territorios de la ciudad; Coordinar estrategias para la aplicación y monitoreo de mecanismos que promuevan consensos entre la ciudadanía y el gobierno; Diseñar y operar estrategias y acciones para el fortalecimiento del tejido social mediante mecanismos de información, formación y capacitación ciudadana y comunitaria; Formular estrategias de comunicación para la socialización de las actividades y proyectos que desarrolle esta Subsecretaría; Promover estudios y diagnósticos sobre las necesidades de la población en materia de atención, gestión y participación ciudadana; Proponer a la persona titular de la Secretaría de Atención y Participación Ciudadana la celebración de acuerdos de colaboración con otras Dependencias, Alcaldías, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, para fortalecer la atención y gestión ciudadana, asegurando una comunicación efectiva y soluciones oportunas a las demandas de la sociedad; Las demás que le confiera la persona titular de la Secretaría de Atención y Participación Ciudadana, dentro del ámbito de su competencia y en apego a las disposiciones legales y normativas aplicables; y Las demás que le confieran las leyes y ordenamientos jurídicos y/o administrativos aplicables. Artículo adicionado G.O.CDMX 15/01/25

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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