- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 33
Artículo 33 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Subsecretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación se encarga de varias tareas importantes. Puede proponerle al jefe de la Secretaría que firme contratos o acuerdos con otras instituciones, públicas o privadas, para impulsar la educación y la ciencia en la Ciudad de México. También vigila que los proyectos importantes de la Secretaría avancen bien, y diseña las reglas para aprobar y terminar proyectos científicos. Ayuda a hacer el plan de desarrollo científico de la ciudad y se asegura de que se cumpla. Además, organiza actividades para que más personas tengan acceso gratis a la información de investigaciones científicas, y coordina programas de capacitación en ciencias y tecnología.
Texto oficial
Artículo 33.-. La Subsecretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación tendrá las siguientes atribuciones: Proponer a la persona titular de la Secretaría la suscripción de contratos, convenios de cooperación, coordinación o acuerdos interinstitucionales con instituciones públicas o privadas Federal y Local, en materia educativa, científica y tecnológica y de innovación destinados a impulsar el desarrollo educativo, científico y tecnológico en la Ciudad de México; Administrar los sistemas de información y seguimiento de los proyectos estratégicos de la Secretaría; Diseñar la normatividad para la regulación, evaluación, selección, autorización, apoyo, operación y conclusión de los proyectos científicos y tecnológicos, para someterlos a aprobación del Consejo de Fomento y Desarrollo Científico, Tecnológico e Innovación de la Ciudad de México; Coadyuvar con el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva en la formulación del Programa de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación de la Ciudad de México, así como en lo que se refiere a la integración, coordinación y homologación de la información; Evaluar y dar seguimiento al Programa de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación y establecer con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, los objetivos y metas específicas para asegurar la ejecución del Programa; Coordinar las actividades que realicen los Comités de Fomento y Desarrollo Científico, Tecnológico e Innovación de las Alcaldías; Participar en los grupos de trabajo que se integren para la evaluación, aprobación y seguimiento de los proyectos científicos, tecnológicos y de innovación prioritarios; Supervisar, de conformidad con la normatividad de la materia, el desarrollo de los proyectos científicos, tecnológicos y de innovación que sean autorizados; Coordinar los trabajos multidisciplinarios, interinstitucionales e intersectoriales para la integración y ejecución de proyectos científicos, tecnológicos y de innovación catalogados como prioritarios a cargo de la Secretaría; Conducir los programas de formación, apoyo y desarrollo, en entornos formales o no formales y sus diferentes modalidades, para fortalecer conocimientos y habilidades en materia de las ciencias, humanidades, tecnología e innovación que contribuyan a la equidad social y a la reducción de las desigualdades; Fracción reformada G.O. CDMX 30/04/25 Diseñar, organizar y coordinar actividades, programas y proyectos de difusión y divulgación a fin de fortalecer el acceso abierto y gratuito a la información derivada de la investigación científica y humanística; el desarrollo tecnológico y la innovación; Fracción reformada G.O. CDMX 30/04/25 Diseñar los lineamientos para la creación, regulación y extinción de los centros públicos de investigación del Gobierno de la Ciudad de México; Proponer a la persona titular de la Secretaría las políticas y programas de divulgación y fomento a la cultura científica; Administrar y actualizar el Programa de Información Científica, Tecnológica y de Innovación de la Ciudad de México; Identificar las oportunidades de desarrollo y factibilidad de nuevas ciencias, tecnologías e innovación para el fortalecimiento de la infraestructura tecnológica y de servicios en la Ciudad de México; Establecer redes científicas, tecnológicas y de innovación a fin de establecer sistemas de cooperación en esas materias; Coordinar los programas de mantenimiento, funcionamiento y evaluación de los bienes de tecnología de información de la Secretaría; Proponer, a la persona titular de la Secretaría, acciones de cooperación nacional e internacional, para la elaboración de programas, intercambio y otorgamiento de becas; sistemas de información y documentación y servicios de apoyo relativos al desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación en la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 30/04/25 Planear, promover y evaluar políticas públicas encaminadas a la cooperación en materia de ciencia, tecnología e innovación en la Ciudad de México; Emitir convocatorias a la comunidad científica y académica, el sector social o las instituciones públicas o privadas para fomentar la creación de grupos de investigación de alto nivel orientados a la búsqueda de soluciones a los principales problemas de la Ciudad de México; Promover otorgamiento de premios, estímulos y cualquier otro tipo de reconocimiento a los académicos, investigadores, docentes, científicos y en general cualquier persona que haya contribuido al mejoramiento de la Ciudad de México, en materia de ciencia, tecnología e innovación; Captar recursos económicos o de cualquier índole provenientes de organismos públicos, privados, nacionales o extranjeros cuya actividad educativa o científica sea complementaria con los objetivos de esta Secretaria; Desarrollar sistemas de consulta para el manejo de información geográfica y estadística competencia de la Secretaría; Proponer las normas para regular la administración de los recursos destinados para la tecnología de la información de la Secretaría, bajo criterios de austeridad, modernización tecnológica, optimización, eficiencia y racionalidad; Garantizar el óptimo funcionamiento de los equipos de cómputo, comunicaciones y procesamiento de datos al interior de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México a través de acciones de mantenimiento y soporte técnico; Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 30/04/25 Expedir, de conformidad con la normativa aplicable, las copias certificadas de los documentos que obren en los archivos del área a su cargo, así como aquellos que expidan en el ejercicio de sus funciones las personas servidoras públicas que le están subordinadas; Fracción reformada G.O. CDMX 21/07/23 XXVII Bis. Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la actividad institucional de la Dirección General de Desarrollo, Innovación Tecnológica y Divulgación Científica; Fracción reformada G.O. CDMX 30/04/25 Coordinar con sectores públicos y privados el diseño, ejecución, seguimiento, evaluación, difusión y divulgación de mecanismos que permitan incentivar el desarrollo y la inversión productiva en materia de ciencia, humanidades, tecnología e innovación, así como promover la creación de empresas privadas de base científica y tecnológica responsables con el ambiente y con el bienestar social; Fracción reformada G.O. CDMX 30/04/25 Establecer mecanismos para la protección, gestión y transferencia de los conocimientos y de los derechos de propiedad intelectual derivados de los proyectos, programas y demás actividades promovidas por la Secretaría para favorecer el interés público; Fracción adicionada G.O. CDMX 30/04/25 Proponer, a la persona titular de Secretaría, actividades, programas y políticas públicas que impulsen la protección de los derechos de autor y de propiedad industrial conforme a la legislación aplicable y los tratados internacionales en la materia suscritos por el Estado mexicano; y Fracción adicionada G.O. CDMX 30/04/25 Las demás que le sean encomendadas por la persona titular de la Secretaría, congruentes con la normatividad aplicable y que tengan alguna de las finalidades enunciadas en la ley de la materia y en el presente Reglamento. Fracción adicionada G.O. CDMX 30/04/25 SECCIÓN V DE LA SECRETARÍA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL
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