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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-poder-ejecutivo-administracion-publica/44
Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
44

Artículo 44 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que ya no es válido. "Derogar" significa que esa ley se canceló o eliminó oficialmente. A partir del 15 de enero de 2025, ya no se aplica ni tienes que cumplirla. En pocas palabras, ese artículo ya no existe para efectos legales.

Texto oficial

Artículo 44.- Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 15/01/25

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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