Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-poder-ejecutivo-administracion-publica/44
- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 44
Artículo 44 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que ya no es válido. "Derogar" significa que esa ley se canceló o eliminó oficialmente. A partir del 15 de enero de 2025, ya no se aplica ni tienes que cumplirla. En pocas palabras, ese artículo ya no existe para efectos legales.
Texto oficial
Artículo 44.- Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 15/01/25
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.