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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-poder-ejecutivo-administracion-publica/49
Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
49

Artículo 49 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 49 ya no es válido. Fue eliminado oficialmente de la ley el 30 de diciembre de 2024 en la Ciudad de México. "Derogar" significa que esa regla dejó de existir, como cuando borras una app de tu celular. Por lo tanto, ya no tienes que cumplir con nada que estuviera en ese artículo.

Texto oficial

Artículo 49.- Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 30/12/2024

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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