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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
57

Artículo 57 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 57 ya no es válido. Fue eliminado oficialmente de la ley el 30 de abril de 2025, según lo publicó el gobierno de la Ciudad de México. Esto significa que si antes ese artículo decía algo, ahora ya no se aplica ni tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, es como si nunca hubiera existido. No tienes que preocuparte por cumplirlo.

Texto oficial

Artículo 57.- Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 30/04/2025

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.