- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 57
Artículo 57 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 57 ya no es válido. Fue eliminado oficialmente de la ley el 30 de abril de 2025, según lo publicó el gobierno de la Ciudad de México. Esto significa que si antes ese artículo decía algo, ahora ya no se aplica ni tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, es como si nunca hubiera existido. No tienes que preocuparte por cumplirlo.
Texto oficial
Artículo 57.- Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 30/04/2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.