Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-poder-ejecutivo-administracion-publica/64%20Bis
- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 64 Bis
Artículo 64 Bis del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo simplemente dice que está cancelado o eliminado de la ley. La abreviatura “Derogado” significa que ya no tiene ningún efecto legal y no se debe aplicar. La fecha “24/12/24” indica cuándo se publicó esa eliminación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. En resumen, no te preocupes por él, porque ya no existe como regla.
Texto oficial
Artículo 64 Bis.-Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 24/12/24
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.