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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-poder-ejecutivo-administracion-publica/64%20Bis
Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
64 Bis

Artículo 64 Bis del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo simplemente dice que está cancelado o eliminado de la ley. La abreviatura “Derogado” significa que ya no tiene ningún efecto legal y no se debe aplicar. La fecha “24/12/24” indica cuándo se publicó esa eliminación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. En resumen, no te preocupes por él, porque ya no existe como regla.

Texto oficial

Artículo 64 Bis.-Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 24/12/24

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.