Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-poder-ejecutivo-administracion-publica/65
Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
65

Artículo 65 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que fue eliminado del reglamento o la ley donde estaba. Cuando una ley dice "se deroga" significa que ya no es válida, como si la borraran para siempre. En este caso, la derogación se publicó en la Gaceta Oficial de la CDMX el 16 de agosto de 2021. Así que ya no tiene ningún efecto legal ni te preocupes por cumplirlo.

Texto oficial

Artículo 65.-Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 16/08/21

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.