- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 68
Artículo 68 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección General de Programas de Alcaldías y Ordenamiento de la Vía Pública tiene varias funciones importantes. Una de ellas es ponerse de acuerdo con el jefe de la Subsecretaría de Programas de Alcaldías para dar seguimiento a las acciones que regulan y ordenan las actividades en la vía pública, como los puestos ambulantes, los negocios, los eventos públicos y los videojuegos. También se encarga de planear y proponer formas de reordenar el uso de las calles y banquetas en la Ciudad de México. Además, debe coordinarse con otras dependencias del gobierno local y federal, así como con las Alcaldías, para trabajar juntos en este tema. Otra de sus labores es dirigir las medidas para que la vía pública se use de manera adecuada, por ejemplo, quitando obstáculos que bloqueen el paso con ayuda de la Secretaría de Seguridad Ciudadana. También lleva un registro actualizado de las personas que tienen puestos en la calle, de los negocios y de los eventos públicos, y recibe información de las Alcaldías sobre estos temas. Por último, esta dirección puede hacer acuerdos con particulares y organizaciones que realizan espectáculos o tienen comercios, para que todos los intereses estén equilibrados, y también autoriza y controla el registro de videojuegos.
Texto oficial
Artículo 68.-Corresponde a la Dirección General de Programas de Alcaldías y Ordenamiento de la Vía Pública: Acordar, con la persona titular de la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública, el despacho de los asuntos relacionados con el seguimiento de las acciones realizadas para la regulación y reordenamiento de las actividades que se realizan en la vía pública de la Ciudad de México, los establecimientos mercantiles, los espectáculos públicos y videojuegos; Planear, reorganizar y hacer propuestas de acciones tendientes a reordenar las actividades que se realizan en la vía pública de la Ciudad de México; Coordinar, en acuerdo con la persona titular de la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública, las acciones interinstitucionales con las demás Dependencias, Unidades Administrativas, Alcaldías y Órganos Desconcentrados de la Administración Pública, local y federal, así como organizaciones sociales en materia de reordenamiento en vía pública de la Ciudad de México; Dirigir, en acuerdo con la persona titular de la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública, las medidas y acciones necesarias para el uso adecuado de la vía pública en la Ciudad de México; Coordinar con las Unidades Administrativas que regulan el uso de la vía pública y los espectáculos mercantiles, la elaboración de proyectos y actividades que permitan el uso del espacio público; Se deroga. Recopilar y mantener actualizada la información de las personas locatarias y de quienes realizan actividades públicas en la Ciudad de México; Se deroga. Coordinar y ejecutar con apoyo de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, las medidas administrativas que sean necesarias a fin de mantener o recuperar la vía pública, mediante el retiro de obstáculos que impidan su uso adecuado en la Ciudad de México; Recibir, concentrar y mantener actualizada la información proporcionada por las Alcaldías sobre los establecimientos mercantiles, espectáculos públicos, videojuegos y las actividades que se realicen en la vía pública, salvo que competa a otra Dependencia o Unidad Administrativa expresamente; Concertar, en acuerdo con la persona titular de la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública, acciones con particulares y representantes de las organizaciones que realicen espectáculos públicos, así como actividades en establecimientos mercantiles, en la vía pública y, en general, con lo relacionado a los programas de las Alcaldías para conciliar los intereses de diversos sectores, salvo que competa a otra Dependencia o Unidad Administrativa expresamente; Operar, integrar y autorizar el registro de videojuegos; Llevar y actualizar de forma permanente un registro de las personas que ejerzan actividades en la vía pública de la Ciudad de México y en su caso a las organizaciones que se encuentren inscritos, así como de los establecimientos mercantiles y espectáculos públicos; Coordinar la realización de estudios técnicos para determinar la viabilidad del establecimiento de empresas y unidades productivas, como una alternativa para las personas que realizan actividades en la vía pública de la Ciudad de México, con el fin de someter a consideración de la persona titular de la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública, los planes y programas que resulten; Proporcionar asesoría técnica, jurídica y administrativa a las personas que realicen sus actividades en la vía pública; Instrumentar mecanismos de coordinación entre las Alcaldías y las Unidades Administrativas de la Administración Pública de la Ciudad de México, para mejorar el desempeño de los programas de las Alcaldías; Impulsar y coadyuvar en las acciones emprendidas por las Alcaldías para la recuperación de espacios públicos a favor de la Ciudadanía; y Las demás que se deriven de otras disposiciones legales aplicables y las que le asigne la persona titular de la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.