Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-poder-ejecutivo-administracion-publica/74
Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
74

Artículo 74 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección Ejecutiva de Integración de Informes de Rendición de Cuentas se encarga de tres cosas principales. Primero, revisa y organiza la información de gastos que le mandan todas las dependencias del gobierno de la Ciudad de México, para hacer un reporte cada tres meses sobre cómo se está gastando el presupuesto. Segundo, define las reglas para que las áreas responsables del dinero expliquen cómo lo usan, y así poder juntar todos los reportes necesarios. Tercero, supervisa que toda esa información se revise y acomode bien, para que los informes de finanzas públicas salgan correctos.

Texto oficial

Artículo 74.- Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Integración de Informes de Rendición de Cuentas: Normar e integrar la información presupuestal remitida por las Dependencias, Alcaldías, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Local, para la elaboración del Informe de Avance Trimestral sobre la ejecución y cumplimiento de los presupuestos aprobados; Definir la metodología para la captación de información presupuestal de las Unidades Responsables del Gasto, para la integración de los diferentes informes sobre el ejercicio del gasto de las finanzas públicas de la Ciudad de México; y Supervisar las acciones de integración y revisión de la información presupuestal que se capta de las Unidades Responsables del Gasto, para efectos de la integración de los distintos informes requeridos respecto del ejercicio del gasto de las finanzas públicas de la Ciudad de México.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.