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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
97

Artículo 97 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General de Administración Financiera es la oficina encargada de ayudar a planear cuánto dinero va a recibir la Ciudad de México (ingresos) y cuánto va a gastar (egresos) cada año, y de mantener al día los registros de esos números. También se encarga de cuidar todo el dinero que le entra a la ciudad, ya sea por impuestos, préstamos o dinero que manda el gobierno federal, y de validar junto con el secretario de finanzas los contratos de préstamos. Además, esta oficina revisa si los proyectos grandes de inversión, como obras públicas, realmente benefician a la ciudadanía, y coordina los trámites para recibir los recursos federales a tiempo. Por último, tiene la labor de rendir cuentas y hacer devoluciones de dinero cuando sea necesario, siguiendo las reglas fiscales.

Texto oficial

Artículo 97.- Corresponde a la Dirección General de Administración Financiera: Participar en la elaboración de los anteproyectos anuales de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México; Proporcionar a las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de apoyo técnico-operativo correspondientes, la información relativa de los ingresos y egresos obtenidos por la Ciudad de México y mantener actualizadas las estadísticas respectivas; Atender en la esfera de su competencia los asuntos relacionados con los movimientos de Ingresos y Egresos de la Ciudad de México; Validar conjuntamente con la persona titular de la Secretaría de Administración y Finanzas, los contratos y títulos de crédito, relativos al financiamiento de la Ciudad de México; Concentrar y custodiar los ingresos provenientes de las contribuciones, productos, aprovechamientos, financiamientos, participaciones y transferencias federales y, en general, a todos los recursos financieros de la Ciudad de México; Rendir cuentas, conjuntamente con la Tesorería de la Ciudad de México, de las operaciones coordinadas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como realizar las liquidaciones que, en su caso, correspondan, de conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal; Coordinar el análisis costo beneficio de los principales proyectos de inversión de la Ciudad de México; Participar en la regulación, coordinación e integración de la planeación financiera de la Ciudad de México; Participar en los trámites necesarios ante la Tesorería de la Federación y autoridades competentes, a fin de obtener los recursos financieros por transferencia de acuerdo a la calendarización establecida; Coordinar la recopilación y procesamiento de información económica y de la Hacienda Pública Local con el propósito de elaborar análisis sobre los resultados de las políticas públicas en materia de recaudación y gasto del Gobierno de la Ciudad de México; Coordinar los mecanismos para la revisión y seguimiento de los estudios de evaluación socioeconómica, presentados por las diferentes Unidades Responsables del Gasto; Elaborar los estudios de Administración Financiera e intervenir en la contratación de toda clase de créditos y financiamientos para la Ciudad de México aprobados en la Ley de Ingresos de la Ciudad de México, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política de la Ciudad de México; Participar en la concentración que se derive de los permisos administrativos temporales revocables de inmuebles Propiedad de la Ciudad de México; Efectuar la devolución de los ingresos federales coordinados que procedan, de conformidad con las leyes fiscales aplicables y los acuerdos del Ejecutivo Federal, de la persona titular de la Jefatura de Gobierno o de ambos; Coordinar los mecanismos para la revisión del análisis financiero de los proyectos con participación del capital privado; Evaluar los proyectos de inversión de la Ciudad de México, en relación a su impacto social, económico y financiero; Participar en las negociaciones y gestiones de crédito ante las instituciones públicas y privadas correspondientes; Efectuar los pagos derivados del ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México, de conformidad con el calendario aprobado y de acuerdo al procedimiento autorizado; Participar en la supervisión de los programas especiales en materia de Planeación y Desarrollo Territorial, a fin de evaluar el impacto de los mismos en el Plan de Gobierno para la Ciudad de México; Proporcionar a las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo competentes de la Secretaría de Administración y Finanzas los elementos necesarios para el registro contable de los ingresos y pagos; Participar en el control de la deuda pública de la Ciudad de México, prever y efectuar las amortizaciones correspondientes, de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México y lo dispuesto en la Constitución Política de la Ciudad de México; Proponer la celebración de convenios y contratos, sobre los servicios bancarios y conexos que utilice la Administración Pública; Proponer alternativas para la optimización en el manejo de fondos e implantar aquéllas que se consideren apropiadas; Coordinar y controlar la concentración de montos recaudados a través de los servicios bancarios y otros medios de recaudación; Controlar y registrar las fianzas y depósitos a favor del Gobierno de la Ciudad de México; Evaluar alternativas de inversión y operar los fondos disponibles, de acuerdo a la normatividad establecida; Efectuar los pagos que por concepto de devoluciones a contribuyentes sean autorizados por autoridad competente, de acuerdo a la legislación aplicable; Evaluar los servicios bancarios proporcionados por las instituciones de crédito, así como los servicios auxiliares prestados por empresas portadoras de valores; y Controlar los padrones de concesionarios de los inmuebles propiedad de la Ciudad de México; Fracción adicionada G.O. CDMX 30/12/2024 Substanciar el procedimiento de revocación y caducidad de las concesiones respecto de inmuebles propiedad de la Ciudad de México, proponiendo la determinación procedente; Fracción adicionada G.O. CDMX 30/12/2024 Suscribir concesiones en materia inmobiliaria, relativos al ejercicio de sus atribuciones o que le sean delegados; Fracción adicionada G.O. CDMX 30/12/2024 Las demás que le fijen expresamente las leyes y reglamentos, así como las que le sean conferidas por sus superiores jerárquicos en el ámbito de su competencia. Fracción adicionada G.O. CDMX 30/12/2024

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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