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Ley
Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Artículo
40

Artículo 40 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 40 dice que el Secretario o Secretaria Administrativa tiene que hacer varias cosas para que el tribunal funcione bien. Por ejemplo, se encarga de coordinar cómo se contrata, contrata y despide al personal, y de que los archivos de los trabajadores estén siempre al día. También debe asegurarse de que los pagos a los empleados, impuestos y proveedores se hagan a tiempo. Además, tiene que verificar que el presupuesto anual del tribunal se prepare correctamente y se envíe a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, y vigilar que se gaste bien. Por último, le toca asignar un espacio seguro para guardar los expedientes de los casos judiciales.

Texto oficial

Artículo 40. Para el cumplimiento de las atribuciones que tiene conferidas en el Código, a la Secretaria o el Secretario Administrativo le corresponde: I. Coordinar el cumplimiento de las normas, políticas y lineamientos relativas al reclutamiento, nombramiento, control y retiro del personal; II. Controlar que el personal a su cargo integre y mantenga actualizado el archivo administrativo del Tribunal; III. Verificar que se realicen en tiempo y forma los pagos correspondientes a la prestación de servicios personales, contribuciones locales y federales; así como a las personas prestadoras de servicios profesionales, proveedoras de bienes y servicios, y todas aquellas que derivados de la operación del Tribunal corresponda efectuar; IV. Verificar que el Programa Operativo Anual y Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del órgano autónomo, se integren y elaboren oportunamente para la aprobación del Pleno; y una vez autorizado se remita a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México; V. Vigilar el correcto ejercicio del presupuesto, de conformidad con el Programa Operativo Anual y la calendarización autorizada; VI. Verificar que se proporcionen a las áreas los bienes e insumos que requieran para el óptimo desempeño de sus funciones y el cumplimiento de las metas establecidas en el Programa Operativo Anual aprobado; y que se realicen los mantenimientos y adecuaciones necesarias a las instalaciones del edificio sede del Tribunal; VII. Coadyuvar con todos los órgano y áreas del Tribunal en la elaboración y actualización de los procedimientos administrativos y del Manual de Organización y Funcionamiento del Tribunal, en apego a la normativa vigente aplicable; VIII. Verificar que se realice el proceso de cálculo y determinación de la nómina y conceptos inherentes a la misma en tiempo y forma, y IX. Asignar a la Secretaría General dentro de las instalaciones del Tribunal un área adecuada para la guarda y custodia del archivo jurisdiccional y los registros correspondientes, conforme al procedimiento respectivo.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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