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Ley
Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
12

Artículo 12 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe del Tribunal (Presidente) tiene varias tareas específicas. Por ejemplo, elige por turno al juez que va a presentar un caso ante el Pleno (el grupo de todos los jueces). Si ese caso es claramente improcedente (no tiene validez desde el inicio), el Presidente puede rechazarlo o pedir que se corrija, y luego informa al Pleno para que decida. También debe avisar al Pleno cuando un juez se disculpa por no poder participar en un caso (excusas) o cuando hay algún conflicto de intereses (impedimentos). Además, organiza las reuniones (sesiones) normales y extraordinarias del Tribunal según un calendario, y puede convocar a juntas extra si hace falta. Por último, maneja el presupuesto, publica decisiones importantes en la Gaceta Oficial y en internet, da permisos al personal, y cada año presenta un informe escrito sobre cómo va el Tribunal.

Texto oficial

Artículo 12. Corresponde al Presidente del Tribunal, en el ejercicio de las facultades y atribuciones que le confiere la Ley Orgánica: I. Designar por turno a la Magistrada o el Magistrado Ponente del Pleno Jurisdiccional en los asuntos de su competencia; mismos que de ser notoriamente improcedentes, podrá desechar, hacer la prevención que corresponda o admitir y, en su oportunidad, dará cuenta al Pleno Jurisdiccional, con los proyectos correspondientes, para su resolución; II. Dar cuenta al Pleno General con las excusas, excitativas de justicia, recusaciones e impedimentos de las Magistradas o los Magistrados de Sala Superior del Tribunal, para que acuerde lo procedente; III. Dar cuenta al Pleno Jurisdiccional con las excusas, excitativas de justicia, recusaciones e impedimentos de las Magistradas o los Magistrados de Sala Ordinaria del Tribunal, para que acuerde lo procedente; IV. Convocar al Pleno General y al Pleno Jurisdiccional a sesiones ordinarias de acuerdo con el calendario establecido en la primera sesión del año, y a las sesiones extraordinarias, cuando a su criterio lo requieran las necesidades del Tribunal, o bien, a solicitud de alguna de las Magistradas o alguno de los Magistrados de la Sala Superior, cuando se justifique debidamente su petición; V. Convocar a la Junta a sesiones ordinarias de acuerdo con el calendario establecido en la última sesión del año. También podrá convocar a sesiones extraordinarias cuando a su criterio lo requieran las necesidades del Tribunal o a solicitud de alguna de las Magistradas o alguno de los Magistrados Integrantes de la Junta, cuando se justifique debidamente su petición; VI. Convocar a las Magistradas o a los Magistrados de la Sala Superior y de las Salas Ordinarias, cuando lo considere necesario, para tratar asuntos de interés general para el Tribunal; VII. Dictar las órdenes relacionadas con el ejercicio del presupuesto del Tribunal, conforme a los acuerdos que la Junta establezca; VIII. Realizar los actos administrativos y jurídicos que no requieran la intervención del Pleno General, de la Sala Superior, ni de la Junta, así como los que las mismas le encomienden; IX. Ordenar la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de la jurisprudencia; los precedentes cuya difusión considere de importancia el Pleno General de la Sala Superior, y en la página de Internet del Tribunal; X. Poner a consideración de la Junta las licencias solicitadas por el personal del Tribunal, de acuerdo a las disposiciones normativas aplicables, previa opinión de la Magistrada o el Magistrado, o la Titular o el Titular del área de su adscripción; XI. Rendir anualmente a las Salas del Tribunal, un informe por escrito, dando cuenta de la marcha del Tribunal, de las jurisprudencias y precedentes aprobados por el Pleno General de la Sala Superior; XII. Expedir los nombramientos e identificaciones para el personal jurisdiccional y administrativo del Tribunal; XIII. Delegar en la Directora o el Director General, previo acuerdo de la Junta, las atribuciones, actos administrativos y/o jurídicos necesarios para el mejor manejo administrativo del Tribunal; XIV. Autorizar el cambio de adscripción del personal administrativo; XV. Vigilar el debido cumplimiento de la Ley Orgánica, de la Ley de Justicia Administrativa, de la Ley de Responsabilidades, de la Ley del Sistema Anticorrupción, del presente Reglamento, y de las demás disposiciones legales que regulen las facultades y atribuciones del Tribunal. Para atender esta disposición, podrá requerir directamente, o a través de las Secretarias o los Secretarios Generales de Acuerdos, la información necesaria a cualquier servidor público jurisdiccional o especializado de Sala Ordinaria o Sala Superior y, de considerarlo necesario, solicitar su comparecencia ante las Magistradas o los Magistrados del Pleno General; y XVI. Las demás que se encuentren previstas expresamente, en otras disposiciones normativas. Sección III DE LAS MAGISTRADAS Y LOS MAGISTRADOS DE LA SALA SUPERIOR

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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