- Ley
- Reglamento Interior de la Universidad de la Policía de la Ciudad de México
- Artículo
- 9
Artículo 9 del Reglamento Interior de la Universidad de la Policía de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección de Desarrollo Educativo se encarga de diseñar y aplicar los exámenes de admisión para que los policías puedan estudiar en la Universidad. También organiza los planes de estudio y programas de capacitación para profesionalizar a los policías, y se asegura de que estén actualizados con métodos de enseñanza claros. Lleva el control de las calificaciones de los estudiantes y cadetes, y publica los resultados de los cursos de profesionalización policial. Además, elabora las convocatorias para reclutar nuevos aspirantes y gestiona las constancias que acreditan su participación en los cursos.
Texto oficial
Artículo 9. Corresponde a la Dirección de Desarrollo Educativo: Coordinar el diseño y aplicación de las evaluaciones para la admisión del personal policial interesado en realizar estudios de nivel superior en la Universidad; Dirigir los trabajos para el diseño y actualización de los planes de estudio y programas de capacitación para la profesionalización del personal policial; Coordinar la elaboración de programas de capacitación desde el enfoque de competencias, sugiriendo métodos y técnicas de enseñanza-aprendizaje y evaluación; Fomentar la sistematización y control de las calificaciones de las personas estudiantes y cadetes de la Universidad Coordinar la actualización de los programas de capacitación que conforman el Programa de Profesionalización Policial y evaluación de resultados; Difundir los resultados de los programas de capacitación que conforman el Programa de Profesionalización Policía; Coordinar la elaboración y publicación de las convocatorias para el reclutamiento de aspirantes a los cursos impartidos por la Universidad; Promover políticas de reclutamiento y selección para responder a las necesidades de la Ciudad de México, a través de la Secretaría; Coordinar la ejecución de cursos para la capacitación en competencias básicas policiales; Gestionar ante la Coordinación General la elaboración, firma y registro de las constancias de participación para la entrega al personal capacitado, y Las demás que le atribuya la normativa aplicable.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.