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Ley
Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Metropolitana
Artículo
7

Artículo 7 del Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Metropolitana

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Pleno, que es la reunión de todas las personas que toman las decisiones importantes, se encargará de las cosas que dice la cláusula tres del Convenio y también de las que marca este Reglamento. Eso significa que el Pleno tiene que cumplir con lo que ya se acordó en ese documento y con las reglas que aquí se explican. En pocas palabras, es el grupo principal el que tiene la última palabra sobre esos asuntos.

Texto oficial

ARTICULO SEPTIMO.- Corresponderán al Pleno las funciones establecidas en la cláusula tercera del Convenio, así como las determinadas en este Reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Metropolitana (pág. 1) ↗

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