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Ley
Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal
Artículo
14

Artículo 14 del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para las juntas especiales, te deben invitar con al menos 24 horas de anticipación y darte la lista de temas a tratar junto con los documentos que necesitas revisar. En las sesiones del Consejo, todos deben llegar al lugar y hora que se acordó en la invitación. Para que la junta sea válida, tiene que estar presente más de la mitad de los miembros, incluyendo al Presidente o al Vicepresidente. Si no se llega a ese número, se agenda otra junta en las siguientes 48 horas, y esa sí se realiza sin importar cuántos asistan. El encargado de tomar notas también debe estar ahí, y el Presidente o Vicepresidente es quien da inicio a la sesión.

Texto oficial

Artículo 14- Para las sesiones extraordinarias se deberá convocar por lo menos con 24 horas de anticipación, adjuntando el orden del día y la carpeta de trabajo correspondientes. Artículo.- 15 Las Sesiones del Consejo se llevarán a cabo de la siguiente manera: Los integrantes se reunirán en el sitio y hora señalados en la convocatoria. Para que se considere que existe quórum en las sesiones, deberán asistir la mitad más uno de los integrantes del Consejo, entre los cuales se encuentren el Presidente, o el Vicepresidente. En caso contrario, se convocará a una segunda sesión que se celebrará dentro de las 48 horas siguientes, con el número de integrantes que asistan. El Secretario Técnico también deberá estar presente. El Presidente o el Vicepresidente declarará instalada la Sesión.

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.