Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este reglamento es obligatorio para todos los que forman parte del Consejo que lucha contra la obesidad y los trastornos alimenticios en la Ciudad de México. Sirve para definir cómo funciona el Consejo, cómo se crean los comités y grupos de trabajo que dependen de él, y cómo se vigila que las tareas se hagan bien. Todo esto es para asegurarse de que se cumplan los objetivos del Consejo en temas de sobrepeso, obesidad y problemas de alimentación en la ciudad.
- Art. 2El Consejo para la Prevención y Atención de la Obesidad y Trastornos Alimenticios de la Ciudad de México es un grupo de personas encargadas de crear, revisar y coordinar los planes y programas para combatir el sobrepeso, la obesidad y los problemas de alimentación. Este grupo trabaja para juntar los esfuerzos del gobierno, las organizaciones sociales y las empresas privadas en la ciudad. Se llama "colegiado permanente" porque siempre está activo y está formado por varios miembros que toman decisiones juntos. Su objetivo principal es asegurarse de que todas las acciones contra estos problemas de salud estén bien organizadas y funcionen.
- Art. 3El Consejo va a estar formado por varias personas. El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México será el presidente, y el secretario de Salud será el vicepresidente. También estarán el secretario de Educación y el director del programa contra la obesidad del gobierno local. Además, se sumará un diputado de la Asamblea Legislativa, elegido por sus compañeros, que estará en el cargo hasta que termine su periodo como legislador. Por último, habrá tres personas de organizaciones sociales y tres de empresas privadas, todos expertos en temas de obesidad y trastornos alimenticios, propuestos por el presidente del Consejo.
- Art. 4El Consejo puede invitar a personas expertas o reconocidas en áreas como ciencia, medicina, empresas, escuelas, organizaciones sociales, gobierno o sindicatos. Estas personas pueden ser Invitados Permanentes (asisten siempre) o Especiales (solo cuando se hable de un tema que les toque). Van a las juntas para dar su opinión, pero no tienen derecho a votar las decisiones.
- Art. 5El Consejo tiene varias tareas para cumplir su objetivo. Primero, debe crear y revisar planes para prevenir y atender el sobrepeso, la obesidad y trastornos alimenticios, además de promover buenos hábitos de comida. También funciona como un grupo de expertos al que cualquier persona o institución puede pedirle consejo sobre estos temas, y sirve para conectar al gobierno, empresas y organizaciones sociales. Puede proponer acuerdos con distintos grupos, como gobiernos estatales o internacionales, para trabajar juntos en estos temas. Por último, organiza sus propias reuniones, forma equipos de trabajo, revisa reportes que le entreguen cada tres meses y sugiere mejoras para que todos cumplan con la ley.
- Art. 6Cada miembro del Consejo puede nombrar a un suplente que lo reemplace cuando falte y se encargue de sus responsabilidades y funciones. Ese suplente debe ser la persona que ocupe el puesto inmediato inferior en la misma institución. En el caso de los representantes del sector social y privado, ellos mismos eligen a su suplente, y deben registrar los nombres de ambos. Si el Presidente falta, lo sustituye el Vicepresidente.
- Art. 7Cuando un miembro del Consejo no pueda asistir a las juntas, debe avisar por escrito a quien lo preside, pero no directamente, sino a través del Secretario Técnico. Ese aviso se tiene que dar tres días antes de la reunión y debe incluir el nombre y el puesto de la persona que va a ir en su lugar. Además, hay que seguir lo que dice el artículo 6 de este mismo reglamento. Esto se hace para que nadie falte y se puedan tomar decisiones como si todos estuvieran presentes.
- Art. 8Las reglas dicen que la persona que preside el Consejo es la encargada de dirigir las juntas, decidir dónde se reúnen en la Ciudad de México y representar a todos. También puede proponer a los demás miembros cómo trabajar, sacar adelante los acuerdos y ponerlos a votación. Si hay empate al votar, esa persona tiene el voto que rompe el empate. Además, elige a un secretario técnico con experiencia para que lo ayude y propone quiénes formarán parte de los equipos de trabajo.
- Art. 9El Secretario Técnico tiene varias tareas importantes. Debe hacer el reglamento interno del Consejo y proponer cambios para que todos los miembros lo aprueben. También tiene que planear el trabajo de todo el año y organizar las juntas, tanto las normales como las especiales. Durante las juntas, pasa lista para ver quién asistió, prepara el tema del día y anota todo lo que se habla en un acta. Además, se encarga de recibir cada tres meses los reportes de las dependencias del gobierno sobre cómo le hacen para atender problemas de obesidad y trastornos alimenticios, y luego hace un resumen para el Consejo. Por último, debe hacer todo lo que le pidan el Presidente o el Vicepresidente del Consejo.
- Art. 10Las personas que forman parte del Consejo tienen estas obligaciones: dar consejos en su área de experiencia, ir a las juntas (tanto las programadas como las urgentes) y poder opinar y votar, cumplir con el reglamento interno del Consejo, revisar y votar los temas que se presenten, checar y aprobar el acta (el documento oficial de lo tratado en cada junta), hacer las tareas que el Consejo les encargue, mandar por escrito los temas que quieran tratar con un mes de anticipación, proponer grupos de trabajo y quién los va a liderar, ayudar a hacer los informes del Consejo, y cualquier otra cosa necesaria para hacer bien su trabajo.
- Art. 11El Consejo puede crear comités o grupos de trabajo para estudiar o atender asuntos específicos que le tocan. Estos grupos se forman con personas que proponen los mismos miembros del Consejo, y pueden ser temporales o permanentes, según lo que se necesite. Cada comité o grupo tiene un jefe, que elige el Consejo mediante votación entre sus miembros. Los resultados de su trabajo se presentan al Consejo por medio del Secretario Técnico. Las reglas para cómo funcionan estos grupos se definen en sus propios lineamientos.
- Art. 12El Consejo se junta de manera normal dos veces al año, como parte de su rutina. Pero también puede tener juntas extra (llamadas extraordinarias) si hace falta, cuando el Secretario Técnico las pide por orden del Presidente o Vicepresidente del Consejo. Esto pasa solo si hay una situación urgente o especial que lo amerite. En resumen, las juntas normales son fijas, y las extra solo cuando se necesitan por alguna razón importante.
- Art. 13El Secretario Técnico es la persona encargada de mandar las invitaciones para las juntas normales del Consejo. En esas invitaciones debe incluir los temas que se van a tratar (el orden del día) y los documentos necesarios para trabajar (la carpeta de trabajo). Todo esto se tiene que enviar al menos tres días hábiles antes de la junta, sin contar sábados, domingos ni días festivos. Esto es para que todos los miembros tengan tiempo de leer los papeles y prepararse.
- Art. 14Para las juntas especiales, te deben invitar con al menos 24 horas de anticipación y darte la lista de temas a tratar junto con los documentos que necesitas revisar. En las sesiones del Consejo, todos deben llegar al lugar y hora que se acordó en la invitación. Para que la junta sea válida, tiene que estar presente más de la mitad de los miembros, incluyendo al Presidente o al Vicepresidente. Si no se llega a ese número, se agenda otra junta en las siguientes 48 horas, y esa sí se realiza sin importar cuántos asistan. El encargado de tomar notas también debe estar ahí, y el Presidente o Vicepresidente es quien da inicio a la sesión.
- Art. 16En las juntas o reuniones, los temas se tratan platicándolos, debatiéndolos, buscando un acuerdo o, si es necesario, votándolos. Al empezar, el jefe de la reunión le pregunta a todos si pueden saltarse la lectura de los papeles que ya les habían mandado antes, a menos que alguien pida que se lean en ese momento.
- Art. 17Para tomar una decisión en el Consejo, se necesita que más de la mitad de los miembros que estén presentes y puedan votar estén de acuerdo. Si hay un empate en la votación, el Presidente tiene el poder de romperlo con su voto extra. Esto significa que, en caso de que los votos queden iguales (por ejemplo, 5 a favor y 5 en contra), el Presidente decide hacia qué lado se inclina la balanza.
- Art. 18En cada junta tienes que hacer un documento llamado “acta” donde todos los participantes lo revisan y lo aprueban. El acta debe incluir el lugar y la fecha, quiénes asistieron, los temas que se vieron en el orden del día y los asuntos extras, los acuerdos que se tomaron y quién se encarga de cumplirlos. También tienes que anotar la hora a la que empezó y terminó la junta, y si hubo invitados, sus nombres.
- Art. 19Las decisiones que tome el Consejo son definitivas, no se pueden cambiar ni echar para atrás, a menos que aparezca información nueva que no se tenía antes. Este reglamento empezó a aplicarse al día siguiente de que el Consejo lo aprobó, o sea, el 4 de febrero de 2011. También se ordenó publicarlo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para que todo mundo se enterara.