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Ley
Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal
Artículo
17

Artículo 17 del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para tomar una decisión en el Consejo, se necesita que más de la mitad de los miembros que estén presentes y puedan votar estén de acuerdo. Si hay un empate en la votación, el Presidente tiene el poder de romperlo con su voto extra. Esto significa que, en caso de que los votos queden iguales (por ejemplo, 5 a favor y 5 en contra), el Presidente decide hacia qué lado se inclina la balanza.

Texto oficial

Artículo 17.- Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos de los integrantes del Consejo presentes, con derecho a ello. Cuando se presente empate en la votación, el Presidente tendrá voto de calidad.

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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