- Ley
- Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal
- Artículo
- 17
Artículo 17 del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para tomar una decisión en el Consejo, se necesita que más de la mitad de los miembros que estén presentes y puedan votar estén de acuerdo. Si hay un empate en la votación, el Presidente tiene el poder de romperlo con su voto extra. Esto significa que, en caso de que los votos queden iguales (por ejemplo, 5 a favor y 5 en contra), el Presidente decide hacia qué lado se inclina la balanza.
Texto oficial
Artículo 17.- Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos de los integrantes del Consejo presentes, con derecho a ello. Cuando se presente empate en la votación, el Presidente tendrá voto de calidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.