- Ley
- Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal
- Artículo
- 2
Artículo 2 del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo para la Prevención y Atención de la Obesidad y Trastornos Alimenticios de la Ciudad de México es un grupo de personas encargadas de crear, revisar y coordinar los planes y programas para combatir el sobrepeso, la obesidad y los problemas de alimentación. Este grupo trabaja para juntar los esfuerzos del gobierno, las organizaciones sociales y las empresas privadas en la ciudad. Se llama "colegiado permanente" porque siempre está activo y está formado por varios miembros que toman decisiones juntos. Su objetivo principal es asegurarse de que todas las acciones contra estos problemas de salud estén bien organizadas y funcionen.
Texto oficial
Artículo 2- El Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios del Distrito Federal es la instancia colegiada permanente de diseño, consulta, evaluación, concertación y coordinación de las estrategias y programas en materia de prevención y atención integral del sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimenticios en el Distrito Federal de los sectores público, social y privado. Capítulo II De la Integración del Consejo
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