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Ley
Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal
Artículo
5

Artículo 5 del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo tiene varias tareas para cumplir su objetivo. Primero, debe crear y revisar planes para prevenir y atender el sobrepeso, la obesidad y trastornos alimenticios, además de promover buenos hábitos de comida. También funciona como un grupo de expertos al que cualquier persona o institución puede pedirle consejo sobre estos temas, y sirve para conectar al gobierno, empresas y organizaciones sociales. Puede proponer acuerdos con distintos grupos, como gobiernos estatales o internacionales, para trabajar juntos en estos temas. Por último, organiza sus propias reuniones, forma equipos de trabajo, revisa reportes que le entreguen cada tres meses y sugiere mejoras para que todos cumplan con la ley.

Texto oficial

Artículo 5.- Para el cumplimiento de su objetivo, el Consejo tendrá las siguientes funciones: Diseñar y evaluar políticas de prevención y atención integral relacionadas con el sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimenticios, así como en materia de fomento y adopción social de hábitos alimenticios y nutricionales correctos. Funcionar como un organismo de consulta permanente en materia de estrategias y programas encaminados hacia la prevención y atención integral del sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimenticios, así como de fomento y adopción social de hábitos alimenticios y nutricionales correctos. Desempeñarse como un organismo de vinculación entre los sectores público, social y privado, en materia de prevención y atención integral del sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimenticios, así como de fomento y adopción de los hábitos alimenticios y nutricionales correctos. Proponer la firma de acuerdos, convenios de concertación, bases de coordinación y/o colaboración, así como de los instrumentos jurídicos necesarios para llevar a cabo acciones encaminadas a la prevención y atención integral del sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimenticios; en los que sean parte las instituciones, entidades, organismos, los sectores público, social y privado, las entidades federativas, el gobierno federal u Organismos Internacionales. Conocer y sancionar el calendario de sesiones del Consejo. Acordar la creación de Comités y/o Grupos de Trabajo, Aprobar los lineamientos de los Comités y/o Grupos de Trabajo que se hayan creado. Elaborar el formato de informe que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades integrantes de la Administración Pública del Distrito Federal, así como los órganos de gobierno y autónomos deberán presentar al Consejo trimestralmente Emitir la evaluación correspondiente, respecto del informe que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, así como los órganos de gobierno y autónomos le remitan, opinando sobre las mejoras que deben realizar dichas instancias para cumplir con la ley. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de las funciones anteriores. Capítulo III De la suplencia de los Integrantes del Consejo

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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