- Ley
- Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal
- Artículo
- 9
Artículo 9 del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Secretario Técnico tiene varias tareas importantes. Debe hacer el reglamento interno del Consejo y proponer cambios para que todos los miembros lo aprueben. También tiene que planear el trabajo de todo el año y organizar las juntas, tanto las normales como las especiales. Durante las juntas, pasa lista para ver quién asistió, prepara el tema del día y anota todo lo que se habla en un acta. Además, se encarga de recibir cada tres meses los reportes de las dependencias del gobierno sobre cómo le hacen para atender problemas de obesidad y trastornos alimenticios, y luego hace un resumen para el Consejo. Por último, debe hacer todo lo que le pidan el Presidente o el Vicepresidente del Consejo.
Texto oficial
Artículo 9.- Son atribuciones del Secretario Técnico: Elaborar el Reglamento Interno del Consejo y someterlo a consideración del pleno de éste, así como las propuestas de adiciones o modificaciones al mismo. Observar y cumplir el Reglamento Interno de Consejo. Formular el programa anual de trabajo del Consejo y someterlo a consideración de sus integrantes. Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo. Pasar lista de asistencia y manifestar la declaratoria de quórum. Notificar al Presidente, con la debida anticipación, la suplencia de algún integrante del Consejo. Elaborar el orden del día y ponerlo a consideración de los integrantes del Consejo en cada sesión, para su aprobación. Enviar oportunamente la carpeta de trabajo a los integrantes del Consejo. Apoyar al Presidente en la coordinación y evaluación de las acciones que se realicen durante las sesiones. Levantar el acta respectiva de cada sesión y enviarla para revisión y aprobación de los que participaron en la misma. Resguardar las actas originales elaboradas en cada sesión. Conforme a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley de la materia, recibir trimestralmente el informe que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, así como los órganos de gobierno y autónomos, remitan al Consejo respecto de acciones implementadas y el seguimiento hechos por éstas, en cumplimiento de las políticas de prevención y atención integral relacionadas con el sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimenticios y elaborar el informe correspondiente para el Consejo Ejecutar las tareas que le encomienden el Presidente y/o el Vicepresidente del Consejo Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones. Capítulo VI De las Facultades y Responsabilidades de los Integrantes
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.