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Ley
Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Artículo
5

Artículo 5 del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El trabajo del Instituto es que las mujeres tengan las mismas oportunidades que los hombres, que nadie las trate mal por ser mujeres y que puedan participar de manera justa en la casa, el trabajo, la política y la cultura. También se encarga de crear y revisar un plan general para lograr que haya igualdad de trato para las mujeres y los programas que salgan de ese plan. Básicamente, busca que no haya discriminación y que las mujeres puedan ejercer todos sus derechos.

Texto oficial

Artículo 5. El Instituto tiene por objeto promover, fomentar e instrumentar las condiciones que posibiliten la no discriminación, la igualdad de oportunidades, el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación equitativa en los ámbitos, social, económico, político, cultural y familiar; así como diseñar, coordinar, aplicar y evaluar el programa general de igualdad de oportunidades y no discriminación hacia las mujeres y los que de éste se deriven. TÍTULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (pág. 4) ↗

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