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Ley
Reglamento Interno de Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México
Artículo
27

Artículo 27 del Reglamento Interno de Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas servidoras públicas que ayudan a las personas a empoderarse (ganar independencia y fuerza) tienen estas tareas: Escuchar los problemas económicos y personales de cada usuario para hacer un plan que le ayude a recuperar sus recursos, volverse independiente económicamente y reconocer sus propias habilidades. Enviar a la persona con otras oficinas del gobierno o empresas privadas cuando sea necesario. Contarle a la persona sobre los apoyos, programas y acciones que existen para que recupere o construya su independencia económica. Crear formas de trabajar que siempre tomen en cuenta la igualdad entre hombres y mujeres (perspectiva de género). Acompañar a la persona cuando tenga que ir a algún lugar o hacer un trámite que sea complicado o necesite apoyo. Guardar en el expediente todo lo que se hizo, y hacer los reportes y registros que sean necesarios. Hacer los reportes y registros que piden el PRIVCM (Programa de Restitución Integral para Víctimas de Violencia contra las Mujeres) y el SIARVFem (Sistema de Información y Atención a Víctimas de Violencia Familiar y de Género).

Texto oficial

Artículo 27.- Las personas servidoras públicas facilitadoras de Empoderamiento realizarán las funciones siguientes: Brindar atención socioeconómica a las personas usuarias, identificando la problemática para el diseño de un plan integral de acción que restituya sus recursos, fomentando la autonomía económica y el reconocimiento de las habilidades y cualidades; Realizar las derivaciones o canalizaciones a las dependencias y entidades públicas y privadas; Informar a las personas usuarias de los programas, planes y acciones diseñados para que restituyan o construyan su autonomía económica; Diseñar metodologías de intervención que se encuentren transversalizadas por la perspectiva de género; Acompañar a las personas usuarias en traslados o procedimientos que por sus características lo requieran; Integrar las acciones realizadas al expediente, así como elaborar los informes y registros que se requieran; y, Realizar los informes y registros al PRIVCM y al SIARVFem.

Ver texto oficial del Reglamento Interno de Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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