- Ley
- Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
- Artículo
- 131
Artículo 131 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo de Evaluación revisa si hay programas del gobierno (como becas o apoyos) que se estén dando dos veces a la misma persona. Si detecta que eso está pasando, las dependencias, alcaldías y otras oficinas tienen que tomar medidas para que no vuelva a ocurrir. Además, esa opinión del Consejo se les debe informar a los encargados de los programas, para que sepan qué está mal y lo corrijan.
Texto oficial
Artículo 131.- Con base en la opinión que emita el Consejo de Evaluación, a que se refiere el artículo 129 de la Ley, respecto de posibles duplicidades en el otorgamiento de subsidios, apoyos o ayudas, las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades deberán establecer las medidas que sean necesarias a efecto de evitar dichas duplicidades. La opinión mencionada deberá hacerse del conocimiento de los responsables de los programas respectivos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.