- Ley
- Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal
- Artículo
- 20
Artículo 20 del Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El examen para ser Defensor de Oficio se hará el día, a la hora y en el lugar que se indique en la convocatoria oficial. Si por alguna razón se cancela el examen, la Coordinación General Jurídica del Departamento del Distrito Federal (ahora Ciudad de México) debe avisarte y decirte la nueva fecha, hora y lugar para presentarlo.
Texto oficial
Artículo 20.- El examen para los aspirantes a Defensores de Oficio se realizará e] día, hora y lugar que oportunamente se señale en la convocatoria. Si por cualquier circunstancia se suspende el examen, la Coordinación General Jurídica del Departamento del Distrito Federal deberá notificarlo al aspirante, haciendo de su conocimiento la nueva fecha, lugar y hora del mismo
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.