- Ley
- Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal
- Artículo
- 24
Artículo 24 del Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada persona que está haciendo el examen va a escoger un sobre con un tema de una lista. Luego, debe escribir su respuesta a solas, sin ayuda de otros aspirantes, y solo puede usar una persona que escriba a máquina. Tendrá dos horas seguidas para hacerlo. Al terminar el tiempo, los encargados de vigilar juntarán los trabajos, los firmarán tanto ellos como los aspirantes, y los entregarán al Jefe del Jurado.
Texto oficial
Artículo 24.- Cada uno de los aspirantes elegirá uno de los sobres que guarden los temas, debiendo formular el escrito que le corresponda en forma separada de los otros aspirantes y sólo con el auxilio de una mecanógrafia. Para el efecto, los aspirantes dispondrán de dos horas continuas. Al concluir el término, los responsables de la vigilancia de las pruebas recogerán los trabajos desarrollados firmados por ellos y por los aspirantes, y serán entregados al Presidente del Jurado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.