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Ley
Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal
Artículo
2

Artículo 2 del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Desarrollo Económico es la encargada principal de aplicar este reglamento, pero no es la única. Otras oficinas del gobierno de la Ciudad de México también tienen facultades para actuar según lo que digan otras leyes o reglamentos. Eso quiere decir que varias dependencias pueden participar, cada una en su ámbito, para que todo funcione correctamente.

Texto oficial

Artículo 2.- La aplicación del presente Reglamento corresponde a la Secretaría de Desarrollo Económico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia, se confieran por la Ley, el presente Reglamento y otros ordenamientos jurídicos a otras dependencias o entidades de la Administración Pública del Distrito Federal.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.