- Ley
- Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
- Artículo
- 3
Artículo 3 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo define palabras clave que se usan en el reglamento. Por ejemplo, cuando habla de "coinversión social" se refiere a cuando el gobierno y las organizaciones civiles juntan dinero y conocimientos para apoyar proyectos de la comunidad. Los "derechos sociales universales" son cosas básicas que todos necesitamos, como educación, salud, vivienda, comida y trabajo. El "gasto público de desarrollo social" es el dinero que el gobierno de la Ciudad de México usa para cubrir esas necesidades, como salud, educación o apoyos al transporte. También define que "Unidad Territorial" es la forma en que se divide la ciudad según las características de la gente, como su cultura o economía, para aplicar mejor los programas sociales.
Texto oficial
ARTÍCULO 3. Además de las definiciones contenidas en el artículo 3 de la Ley, para los efectos de este Reglamento se entiende por: I. Coinversión social: Conjunción de recursos y conocimientos de la Administración Pública del Distrito Federal y de los Organismos Civiles para apoyar iniciativas sociales autónomas para el ejercicio integral de los derechos económicos, políticos y sociales. II. Derechos sociales universales: Aquellos que tienen a satisfacer las necesidades básicas de las personas como la educación, la salud, la vivienda, la alimentación y el trabajo. III. Gasto Público de Desarrollo Social: El conjunto de recursos de la Administración Pública del Distrito Federal destinados a la salud, la educación, la alimentación, la vivienda, el empleo, la economía popular, la protección social, el deporte, la promoción de la equidad, la cohesión e integración social y la asistencia, así como los subsidios al transporte, el consumo de agua y las actividades de las organizaciones civiles. IV. Presupuesto: Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal V. Programa: El Programa de Desarrollo Social del Distrito Federal. VI. Programas: Los programas sectoriales, específicos o delegacionales de desarrollo social. VII. Reglamento: El Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. VIII. Sistema: El Sistema de Información del Desarrollo Social. IX. Unidad Territorial: La clasificación territorial del Distrito Federal que se realiza con base en la condición cultural, social, étnica, política, económica, geográfica, y demográfica de sus habitantes, que adopte el Gobierno del Distrito Federal con el objeto de desarrollar la política social. X. Consejo de Evaluación: El Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal. (Fracción X. adicionada GODF 24/03/2009)
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