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Ley
Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
Artículo
37

Artículo 37 del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, el Programa de Deportes de la Ciudad de México debe incluir lo que piden los comités de cada alcaldía sobre las necesidades deportivas de toda la gente. También debe tener un resumen de cada actividad o plan de deporte, como promover el ejercicio, apoyar a niños y jóvenes, ofrecer deportes para personas mayores y dar facilidades a personas con discapacidad, además de cuidar y mantener las instalaciones. El Programa debe evaluar qué necesita el Instituto del Deporte para mejorar los espacios deportivos, tanto los que él mismo maneja como los que están a cargo de las alcaldías. También tiene que definir los objetivos, las estrategias y las metas para impulsar el deporte en toda la ciudad. Por último, debe incluir proyectos específicos para llevar a cabo todo lo planeado.

Texto oficial

Artículo 37. El Programa como instrumento rector anual de las actividades deportivas del Sistema deberá contener, además de lo previsto en la Ley, lo siguiente: I. Las propuestas que formulen los Comités Delegacionales, relativas a las necesidades deportivas de carácter general en el Distrito Federal, mismas que deberán remitirse para valoración y análisis al Instituto; II. La descripción resumida de cada programa o subprograma de cultura física y deporte obtenido de las consultas realizadas por el Comité Delegacional, el cual deberá contener: a) Actividades de promoción, difusión y cultura del deporte; b) Actividades de apoyo al deporte y cultura física para niños y jóvenes; c) Actividades deportivas para la tercera edad; d) Acciones de fomento del deporte y cultura física dirigidas a personas con capacidades diferentes, las cuales deberán incluir las facilidades y el equipamiento correspondiente en las instalaciones deportivas; y e) Acciones de vigilancia, conservación y mantenimiento de áreas deportivas; III. La evaluación de las necesidades del Instituto respecto del equipamiento, mantenimiento, diversificación, adaptación y conservación de la infraestructura deportiva que tenga a su cargo, así como de las instalaciones deportivas administradas por las Delegaciones Políticas; IV. Los objetivos, estrategias, mecanismos, prioridades y metas para el desarrollo de la cultura física y el deporte en el Distrito Federal; y, V. Los proyectos de acciones específicas de los programas o subprogramas, en virtud de los cuales se instrumentará su ejecución.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal (pág. 11) ↗

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