- Ley
- Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
- Artículo
- 8
Artículo 8 del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto va a dar su aprobación antes de que pidas cualquier permiso para hacer eventos deportivos en la Ciudad de México. Hay dos tipos de eventos: los "selectivos", que sirven para escoger a los equipos que representarán a la ciudad en competencias oficiales del país, y los "recreativos", que son para que mucha gente haga deporte por diversión, sin necesidad de estar afiliado a ningún equipo o competir de manera formal.
Texto oficial
Artículo 8. El Instituto otorgará el aval para realizar eventos deportivos selectivos y recreativos que se lleven a cabo en el Distrito Federal, previamente al trámite de permisos que correspondan. Para efectos de trámite se entenderá por: I. Evento Deportivo Selectivo: Aquel que se lleve a cabo para determinar los equipos representativos del Distrito Federal de cada disciplina deportiva, que participarán en competencias oficiales del Sistema Nacional de Deporte (SINADE); y II. Evento Deportivo Recreativo: Aquel que se realice con el objeto de promover la práctica masiva del deporte, sin estar supeditado a procesos de afiliación o competencias oficiales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.