- Ley
- Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
- Artículo
- 5
Artículo 5 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que la beca que te toca es de la mitad de un salario mínimo mensual, calculado con el que esté vigente en la Ciudad de México (antes Distrito Federal). Ese dinero te lo van a depositar cada mes en una cuenta bancaria que esté a tu nombre. El depósito lo harán entre los últimos dos días del mes, ni antes ni después.
Texto oficial
Artículo 5º.- El monto de la beca será el equivalente a medio salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal, que se depositará mensualmente en una cuenta bancaria a favor del becario, dentro de los dos últimos días de cada mes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.