Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este reglamento es obligatorio para todos, porque sus reglas son de orden público, es decir, nadie puede ponerse de acuerdo para no cumplirlas. Su objetivo es decirte los pasos y requisitos que debes seguir para obtener una beca, según una ley que ya existe. Esa ley te da el derecho de tener una beca si eres joven y vives en la Ciudad de México, siempre y cuando estudies en preparatorias o universidades del gobierno de la ciudad. En pocas palabras, aquí te explican cómo hacerle para pedir esa beca y que te la den.
- Art. 2Este artículo solo te dice cómo se van a llamar las cosas dentro de este reglamento. Por ejemplo, cuando digan "la Ley" se refieren a la que da derecho a una beca para jóvenes que viven en la Ciudad de México y estudian en preparatoria o universidad del gobierno. "Estudiante" es cualquier persona inscrita en una prepa del gobierno de la ciudad, y "Alumno Regular" es el que cumple con todos los requisitos que pide este mismo reglamento. También aclara que "Beca" es el dinero que da la ley, y "Becario" es el estudiante que ya está en la lista oficial de personas que reciben la beca. Por último, "Secretaría" es la de Desarrollo Social y "Sistema" es el conjunto de preparatorias del gobierno de la Ciudad de México.
- Art. 3Te van a dar una beca si cumples con los requisitos que dice este reglamento y además estás registrado en el Padrón. El Padrón es la lista oficial donde están anotados los jóvenes que pueden recibir la beca.
- Art. 4El dinero que se va a usar para pagar las becas depende del presupuesto que apruebe la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México cada año. Ese presupuesto se llama "Presupuesto de Egresos" y define en qué se gasta el dinero del gobierno. Si la Asamblea no autoriza cierta cantidad, no se pueden entregar las becas. En pocas palabras, las becas solo se pagan si hay dinero asignado para eso en el presupuesto anual.
- Art. 5El artículo dice que la beca que te toca es de la mitad de un salario mínimo mensual, calculado con el que esté vigente en la Ciudad de México (antes Distrito Federal). Ese dinero te lo van a depositar cada mes en una cuenta bancaria que esté a tu nombre. El depósito lo harán entre los últimos dos días del mes, ni antes ni después.
- Art. 6El Instituto se encargará de hacer y darte una tarjeta electrónica. Esa tarjeta será la única manera en que vas a recibir el dinero de tu beca. No te van a dar el apoyo de otra forma, como en efectivo o depósito a tu cuenta. Todo el proceso, desde que pides la tarjeta hasta que te la entregan, lo maneja el Instituto.
- Art. 7Tramitar tu beca no te va a costar nada, es completamente gratis. No te van a pedir nada raro ni condiciones extras, solo tienes que cumplir con los requisitos que ya vienen en la Ley y el Reglamento. Eso sí, si no cumples con esos requisitos oficiales, no podrás recibir la beca. Así de sencillo: sin pagar ni un peso, pero cumpliendo con lo que te piden.
- Art. 8Cada que empiecen el primer o segundo semestre del curso escolar, el Instituto se encargará de revisar que cumplas con todo lo que pide la Ley y este Reglamento. Si cumples, te van a agregar al Padrón, que es el registro oficial de estudiantes.
- Art. 9Cuando te apuntas en la lista de becas, tienes derecho a recibirla durante un semestre completo, siempre y cuando no te echen de esa lista por alguna razón que ya esté marcada en la ley o en este reglamento. Básicamente, mientras no cometas ninguna falta que te saque del padrón, te toca la beca por todo ese tiempo.
- Art. 10Este artículo dice que un estudiante es “alumno regular” si está inscrito desde el segundo semestre hasta el sexto, y puede terminar su bachillerato en tres años, según las reglas del Instituto. Ser alumno regular te da derechos, como poder mantener tu lugar en la escuela. La ley también habla en el Capítulo III sobre cómo te anotan en el Padrón, que es como una lista oficial de estudiantes reconocidos. En resumen, para ser considerado regular debes cumplir con esos tiempos de estudio.
- Art. 11Para pedir la beca, tú mismo debes iniciar el trámite; nadie lo hará por ti. Además, las autoridades confiarán en que los datos que les des son ciertos (eso es el principio de buena fe). O sea, no te pedirán comprobantes de todo desde el principio, pero si descubren que mentiste, te pueden quitar la beca.
- Art. 12Para que te den la beca y te metan al padrón de beneficiarios, tienes que cumplir con estos requisitos: estar inscrito en alguna escuela del Instituto y tener calidad de alumno regular, es decir, que no estés recursando materias o con baja. También debes mostrar un comprobante de domicilio que demuestre que vives en el Distrito Federal. Además, no puedes recibir dinero de otras instituciones, sean del gobierno o privadas. Por último, tienes que firmar una carta donde declares, bajo protesta de decir verdad (como un juramento), que toda la información que diste es cierta.
- Art. 13Te inscribes al Padrón solo cuando cumplas con todos los requisitos que marca esta sección de la ley. No te preocupes, una vez que tengas todo en orden, el registro se hace automático. No hay pasos extra ni vueltas. Solo asegúrate de juntar los papeles que te piden.
- Art. 14El Instituto te va a entregar un comprobante para avisarte que ya quedaste registrado en el Padrón, pero solo después de que hayas cumplido con todo lo que dice el artículo anterior. Ese documento es como un recibo oficial que confirma tu incorporación. El artículo no dice nada sobre rechazos o bajas, eso lo verás después en el Capítulo IV. Así que, resumido: si cumples los requisitos, recibirás un aviso por escrito de que ya estás dentro.
- Art. 15Si no cumples con todos los requisitos que pide el Artículo 12 de este reglamento, no te van a aceptar en el Padrón. También te van a rechazar si el Instituto descubre que entregaste información o documentos falsos.
- Art. 16Las causas por las que te pueden dar de baja del Padrón (es decir, la lista oficial de becarios) son tres: primero, si tú mismo decides renunciar a la beca. Segundo, si dejas de ser alumno regular, o sea, si ya no cumples con lo que pide tu escuela para tener beca. Tercero, si se comprueba que estás recibiendo apoyo económico de otra institución pública o privada, como otra beca.
- Art. 17Si dejan de aparecer en el registro oficial por cualquier razón de las que dice este capítulo, el becario pierde automáticamente la beca. Además, si el estudiante dio datos falsos, le aplicarán los castigos que marca la ley. Esto lo decide la autoridad correspondiente.
- Art. 18La Secretaría tiene que asegurarse de que las becas se entreguen correctamente. También debe enviar la lista de los becados a la Jefatura de Gobierno, para que ellos puedan presentar los informes que pide la ley. Además, la Secretaría es la encargada de hacer todos los trámites necesarios para que los becados reciban su apoyo sin problemas.
- Art. 19El Instituto es la oficina encargada de manejar todo lo relacionado con las becas. Entre sus responsabilidades está mantener al día la lista oficial de becarios (el Padrón) y decidir quién sale de esa lista. También debe organizar un archivo con los datos de todos los becarios, revisar y actualizar los manuales de cómo funciona la beca, y calcular el dinero que se necesitará para pagar las becas cada año.
- Art. 20Cuando te avisen que ya entraste al Padrón (la lista oficial de becarios), ese aviso debe traer una frase especial. Te van a decir que tu beca es con dinero público, o sea, que sale de los impuestos que paga toda la gente. También te aclaran que ningún partido político la promociona ni la patrocina. Es solo para que sepas que el apoyo viene del gobierno, no de grupos políticos.
- Art. 21Este artículo dice que no puedes usar el dinero de tu beca para cosas como campañas políticas, elecciones, ganar dinero o cualquier otro propósito que no sea el que la beca te da. Si usas los recursos de la beca para algo que no está permitido, te van a sancionar conforme a lo que diga la ley. En otras palabras, solo debes usar la beca para lo que te la dieron, como estudiar o pagar tus gastos escolares.
- Art. 22Este artículo dice que si trabajas en el gobierno, no puedes obligar a alguien que recibe una beca a que apoye a un partido político, vaya a eventos de campaña o te dé dinero a cambio de la beca. La beca se debe dar por mérito o necesidad, sin pedir nada a cambio. Quien lo haga está cometiendo una falta grave.
- Art. 23Como la beca es pública, el Instituto debe publicar y mantener actualizada en su página de internet toda la información estadística sobre ella, como cuántas personas la reciben. La única excepción es que no se puede publicar la lista con los nombres de los beneficiarios. Tú, como cualquier persona, puedes consultar esa información estadística cuando quieras.
- Art. 24El Instituto va a mantener al día los datos del Padrón (el registro oficial de beneficiarios) y solo los usará para lo relacionado con la beca, no para otra cosa. Esos datos no se pueden compartir ni vender a nadie, a menos que un juez lo ordene. Todo esto sigue las reglas de la Ley de Transparencia de la Ciudad de México, que protege tu información personal.
- Art. 25Las personas que trabajan en el gobierno y aplican esta ley deben tratar a todos por igual, ser justos y claros en lo que hacen. Si no cumplen con estas reglas, recibirán un castigo según lo que digan otras leyes. Esta norma comienza a funcionar al día siguiente de publicarse en el periódico oficial de la Ciudad de México. El primer pago de la beca se hará a más tardar 60 días después de que la ley empiece a regir, y será desde febrero de 2006.