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Ley
Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
Artículo
8

Artículo 8 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada que empiecen el primer o segundo semestre del curso escolar, el Instituto se encargará de revisar que cumplas con todo lo que pide la Ley y este Reglamento. Si cumples, te van a agregar al Padrón, que es el registro oficial de estudiantes.

Texto oficial

Artículo 8º.- Al inicio de cada semestre del ciclo escolar, el Instituto llevará a cabo las acciones para que los estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley y el presente Reglamento, sean incorporados al Padrón.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal (pág. 2) ↗

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