- Ley
- Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
- Artículo
- 23
Artículo 23 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Como la beca es pública, el Instituto debe publicar y mantener actualizada en su página de internet toda la información estadística sobre ella, como cuántas personas la reciben. La única excepción es que no se puede publicar la lista con los nombres de los beneficiarios. Tú, como cualquier persona, puedes consultar esa información estadística cuando quieras.
Texto oficial
Artículo 23.- Dado el carácter público de la beca, la información estadística relativa a la misma, excepto el padrón de beneficiarios, será publicada y actualizada de forma sistemática en la página electrónica del Instituto, para consulta de la población cuando ésta así lo requiera. REGLAMENTO DE LA LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A CONTAR CON UNA BECA PARA LOS JÓVENES RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL, QUE ESTUDIEN EN LOS PLANTELES DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES Página 4 de 4
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