- Ley
- Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
- Artículo
- 24
Artículo 24 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto va a mantener al día los datos del Padrón (el registro oficial de beneficiarios) y solo los usará para lo relacionado con la beca, no para otra cosa. Esos datos no se pueden compartir ni vender a nadie, a menos que un juez lo ordene. Todo esto sigue las reglas de la Ley de Transparencia de la Ciudad de México, que protege tu información personal.
Texto oficial
Artículo 24.- El Instituto actualizará permanentemente los archivos del Padrón y los utilizarán exclusivamente para los fines legales y legítimos de la beca, éstos no podrán ser difundidos, salvo por mandato de alguna autoridad judicial competente, ni comercializados, de conformidad con los artículos 8º y 32 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.