- Ley
- Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
- Artículo
- 19
Artículo 19 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto es la oficina encargada de manejar todo lo relacionado con las becas. Entre sus responsabilidades está mantener al día la lista oficial de becarios (el Padrón) y decidir quién sale de esa lista. También debe organizar un archivo con los datos de todos los becarios, revisar y actualizar los manuales de cómo funciona la beca, y calcular el dinero que se necesitará para pagar las becas cada año.
Texto oficial
Artículo 19.- El Instituto será la instancia operativa, quien deberá: I. Actualizar permanentemente el Padrón y demás requisitos y procedimientos necesarios para asignación de la beca a los jóvenes que tengan derecho a ella, de acuerdo con la Ley y el Reglamento; II. Determinar las bajas del Padrón; III. Establecer los mecanismos para la organización, operación y control del archivo general de los becarios; IV. Revisar y realizar periódicamente las adecuaciones necesarias a los manuales de procedimientos que norman las actividades de la beca; y V. Proyectar los recursos que se deberán asignar para el otorgamiento de las becas en el año fiscal correspondiente. CAPÍTULO VI De la transparencia y confidencialidad de los datos personales
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.