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Ley
Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
Artículo
15

Artículo 15 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no cumples con todos los requisitos que pide el Artículo 12 de este reglamento, no te van a aceptar en el Padrón. También te van a rechazar si el Instituto descubre que entregaste información o documentos falsos.

Texto oficial

Artículo 15.- Son causas de rechazo para la incorporación al Padrón las siguientes: I. No cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 12 del presente Reglamento; y REGLAMENTO DE LA LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A CONTAR CON UNA BECA PARA LOS JÓVENES RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL, QUE ESTUDIEN EN LOS PLANTELES DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES Página 3 de 4 II. Cuando se detecte que la información o documentación entregada al Instituto sea falsa.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal (pág. 2) ↗

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