- Ley
- Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
- Artículo
- 15
Artículo 15 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no cumples con todos los requisitos que pide el Artículo 12 de este reglamento, no te van a aceptar en el Padrón. También te van a rechazar si el Instituto descubre que entregaste información o documentos falsos.
Texto oficial
Artículo 15.- Son causas de rechazo para la incorporación al Padrón las siguientes: I. No cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 12 del presente Reglamento; y REGLAMENTO DE LA LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A CONTAR CON UNA BECA PARA LOS JÓVENES RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL, QUE ESTUDIEN EN LOS PLANTELES DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES Página 3 de 4 II. Cuando se detecte que la información o documentación entregada al Instituto sea falsa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.