- Ley
- Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
- Artículo
- 14
Artículo 14 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto te va a entregar un comprobante para avisarte que ya quedaste registrado en el Padrón, pero solo después de que hayas cumplido con todo lo que dice el artículo anterior. Ese documento es como un recibo oficial que confirma tu incorporación. El artículo no dice nada sobre rechazos o bajas, eso lo verás después en el Capítulo IV. Así que, resumido: si cumples los requisitos, recibirás un aviso por escrito de que ya estás dentro.
Texto oficial
Artículo 14.- El Instituto emitirá el comprobante con el que se notificará al estudiante su incorporación al Padrón, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior. Capítulo IV Del rechazo para la incorporación al Padrón y de la baja del mismo
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.