- Ley
- Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
- Artículo
- 16
Artículo 16 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las causas por las que te pueden dar de baja del Padrón (es decir, la lista oficial de becarios) son tres: primero, si tú mismo decides renunciar a la beca. Segundo, si dejas de ser alumno regular, o sea, si ya no cumples con lo que pide tu escuela para tener beca. Tercero, si se comprueba que estás recibiendo apoyo económico de otra institución pública o privada, como otra beca.
Texto oficial
Artículo 16.- Son causas de baja del Padrón las siguientes: I. Cuando el becario por voluntad propia renuncie a la beca; II. Cuando el estudiante deje de ser alumno regular; y III. Cuando se constate que el becario cuenta con el apoyo económico de otras instituciones públicas o privadas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.