- Ley
- Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
- Artículo
- 21
Artículo 21 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Contar con una Beca para los Jóvenes Residentes en el Distrito FederaL, que Estudien en los Planteles de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que no puedes usar el dinero de tu beca para cosas como campañas políticas, elecciones, ganar dinero o cualquier otro propósito que no sea el que la beca te da. Si usas los recursos de la beca para algo que no está permitido, te van a sancionar conforme a lo que diga la ley. En otras palabras, solo debes usar la beca para lo que te la dieron, como estudiar o pagar tus gastos escolares.
Texto oficial
Artículo 21.- Está prohibido utilizar la asignación de la beca con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos asignados a garantizar el derecho a la beca será sancionado de acuerdo con las disposiciones legales aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.