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Ley
Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
20

Artículo 20 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Además de lo que ya dice la ley, los jefes de estación y subestación tienen dos tareas principales: la primera es asegurarse de que su estación funcione bien por dentro y de que todo se haga correctamente, siguiendo las reglas de los manuales del HCBDF. La segunda es supervisar a su equipo de trabajo, checando que todos hagan bien su chamba y que roten en sus puestos, siempre según los mismos manuales.

Texto oficial

Artículo 20.- Además de las facultades y obligaciones que señala la Ley, los Jefes de Estación y Subestación, tienen las atribuciones siguientes: I. Supervisar el buen funcionamiento interno de la Estación o Subestación que se encuentre bajo su cargo, adoptando las medidas pertinentes para el correcto desarrollo, apegándose a los lineamientos que se establecen en los manuales de operación del HCBDF; y II. Supervisar las actividades y el buen funcionamiento del personal que se encuentre bajo su cargo, observando se lleve a cabo la rotación de este, de acuerdo a los lineamientos que se establecen en los manuales de operación del HCBDF.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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