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Ley
Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
19

Artículo 19 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Jefaturas de Estación y Subestación son los equipos que llegan primero a un incendio o emergencia en la zona que les toca cubrir. Su trabajo es atender el problema desde el inicio, usando el equipo que tengan disponible en ese momento. Por ejemplo, si se incendia una casa, ellos son los primeros en llegar y actuar. Solo pueden hacer lo que su equipo les permita, como camiones, mangueras o herramientas.

Texto oficial

Artículo 19.- Las Jefaturas de Estación y Subestación son las áreas responsables de atender, como primer ataque, los siniestros ocurridos en su radio de acción correspondiente, de acuerdo con el equipo que cada una de ellas cuente para su funcionamiento.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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