- Ley
- Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 26
Artículo 26 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Subestaciones son como sucursales que dependen de las Estaciones principales. Su trabajo es atender y controlar los problemas o accidentes que ocurran en su zona. Para hacerlo, deben coordinarse con la Dirección Operativa, que es la que lleva la batuta en las operaciones. En pocas palabras, si hay una emergencia, la Subestación se encarga de resolverla junto con sus jefes.
Texto oficial
Artículo 26.- Las Subestaciones están adscritas a las Estaciones correspondientes, y deberán atender y controlar las emergencias de la zona que les corresponda en coordinación con la Dirección Operativa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.