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Ley
Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
85

Artículo 85 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un servidor público del HCBDF (que son los trabajadores del gobierno de la Ciudad de México) comete una falta administrativa (es decir, no cumple con sus obligaciones o hace algo incorrecto en su trabajo), el castigo se aplica siguiendo la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y otras leyes que correspondan. Esto significa que no se inventa un castigo a lo loco, sino que se usa lo que ya está escrito en la ley para decidir qué sanción ponerle.

Texto oficial

Artículo 85.- Las faltas administrativas cometidas por los servidores públicos del HCBDF, serán sancionadas conforme a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y las disposiciones jurídicas aplicables. CAPÍTULO VI DEL CONSEJO DE LEALTAD Y DISCIPLINA

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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